Ecuador / Lunes, 23 Marzo 2026

El numeral 3 del artículo 537 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ordena que el arresto domiciliario procede cuando el procesado sufre una enfermedad catastrófica.

Las escuelas de balompié abrirán sus puertas a los jóvenes rehabilitados como parte del compromiso de reinserción social promovido por las autoridades gubernamentales del país.
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